VeriFactu y la factura electrónica son dos obligaciones que afectan a autónomos, pymes y grandes empresas, pero no regulan lo mismo. En este artículo veremos qué exige cada sistema, a quién afecta y cuáles son sus principales plazos de aplicación.
VeriFactu y factura electrónica: resumen rápido
Posiblemente te preguntes si la factura electrónica y VeriFactu es lo mismo. Ambos forman parte de la digitalización de la facturación en España, pero persiguen objetivos diferentes.
| Aspecto clave | VeriFactu | Factura electrónica |
| ¿Qué es? | Un marco de requisitos para los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales | Una factura emitida, enviada y recibida en formato electrónico estructurado |
| Objetivo principal | Asegurar la integridad y trazabilidad de los registros de facturación | Digitalizar el intercambio de facturas entre empresas y profesionales |
| ¿A quién afecta? | A empresarios y profesionales que usen sistemas informáticos de facturación sujetos al Real Decreto 1007/2023 | A empresarios y profesionales en operaciones B2B, según el Real Decreto 238/2026 |
| ¿Qué regula? | El software, los registros de facturación y su posible remisión a la AEAT | La emisión, recepción, transmisión y estados de las facturas electrónicas |
| ¿Es lo mismo? | No. Se centra en el sistema de facturación | No. Se centra en el intercambio digital de la factura |
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu es el nombre con el que se identifica el marco aplicable a los sistemas informáticos de facturación. En términos técnicos, regula los programas que generan y conservan registros de facturación para que sean seguros, accesibles, legibles, trazables e inalterables.
Su objetivo es reforzar el control fiscal y evitar que el software modifique, oculte o elimine operaciones sin dejar rastro. Por eso, VeriFactu no regula solo el formato de una factura, sino el modo en que el sistema la registra y conserva.
Esta obligación puede afectar a un autónomo, una pyme o una gran empresa que utilice software de facturación incluido en el ámbito del Real Decreto 1007/2023. En la práctica, obliga a revisar si el programa utilizado cumple los requisitos técnicos exigidos por la normativa.
¿Qué es la factura electrónica obligatoria?
La factura electrónica obligatoria es la obligación de emitir, transmitir y recibir facturas en formato electrónico en operaciones entre empresarios y profesionales. Su desarrollo reglamentario se recoge en el Real Decreto 238/2026, que regula el sistema de facturación electrónica B2B en España.
A diferencia de VeriFactu, no se centra en el funcionamiento interno del software, sino en el intercambio digital de la factura entre emisor y destinatario. Su finalidad es mejorar la trazabilidad de las operaciones, reducir la morosidad comercial y automatizar la gestión de pagos y estados de factura.
Esta obligación afecta a relaciones B2B. En cambio, no convierte en obligatoria la factura electrónica en todas las ventas a particulares.
Información sobre el servicio gratuito de facturaciónDiferencia entre VeriFactu y factura electrónica
La diferencia entre VeriFactu y factura electrónica está en el objeto regulado. VeriFactu afecta al sistema que genera y conserva los registros de facturación. La factura electrónica obligatoria afecta al modo en que las facturas circulan entre empresas y profesionales.
Una factura puede emitirse desde un software adaptado a VeriFactu sin ser necesariamente una factura electrónica B2B. Del mismo modo, una factura electrónica puede tener que generarse desde un sistema que también cumpla los requisitos de VeriFactu.
Diferencia en el objetivo y las obligaciones
VeriFactu tiene una finalidad fiscal y técnica. Exige que los programas de facturación generen registros seguros, trazables e inalterables. La factura electrónica obligatoria tiene un enfoque comercial y operativo. Exige que las facturas entre empresas y profesionales se emitan, transmitan y reciban en formato electrónico estructurado, con interoperabilidad entre plataformas y seguimiento de estados.
Diferencia en las operaciones afectadas: B2B y B2C
La factura electrónica se aplica a operaciones B2B, cuando emisor y receptor actúan como empresarios o profesionales. Por su parte, VeriFactu no depende del tipo de cliente. Puede afectar a operaciones B2B y B2C si el negocio utiliza un sistema informático de facturación sujeto al Real Decreto 1007/2023.
Diferencia en la relación con la Agencia Tributaria
En VeriFactu, la AEAT tiene un papel directo en los requisitos técnicos de los sistemas informáticos de facturación. La normativa distingue entre sistemas que remiten registros a la Agencia Tributaria y sistemas que no lo hacen, aunque ambos deben cumplir exigencias de integridad y trazabilidad.
Sobre la factura electrónica obligatoria, el foco está en el sistema de intercambio entre empresarios y profesionales. Se regulan plataformas, formatos, interoperabilidad y estados de factura.
¿Tengo que cumplir VeriFactu, factura electrónica o ambas?
La obligación aplicable en materia de factura electrónica y VeriFactu depende del tipo de cliente y del sistema utilizado para facturar. Una empresa puede estar afectada por VeriFactu, por la factura electrónica obligatoria o por ambas.
Si trabajas con otras empresas o profesionales: B2B
Si emites facturas a otras empresas o profesionales, es probable que debas prepararte para ambas obligaciones. El software puede tener que adaptarse a VeriFactu y, además, las facturas deberán emitirse como facturas electrónicas cuando entre en vigor la obligación B2B. Este caso es habitual en asesorías, consultoras, proveedores de servicios, comercios mayoristas, agencias, profesionales independientes y pymes que trabajan con otros negocios.
Si vendes a particulares: B2C
Si vendes a consumidores finales, la factura electrónica obligatoria B2B no se aplica a esas operaciones. Sin embargo, VeriFactu sí puede aplicarse si el negocio utiliza un sistema informático de facturación. Por tanto, un negocio B2C puede no estar obligado a emitir factura electrónica B2B, pero sí necesitar un software adaptado a VeriFactu.
Más información sobre FinomPlazos de aplicación de VeriFactu y la factura electrónica
Una vez entendido qué es VeriFactu y la factura electrónica, conviene revisar sus plazos de aplicación, ya que siguen calendarios distintos.
En VeriFactu, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027. Para el resto de obligados tributarios incluidos en el ámbito del reglamento, el plazo será antes del 1 de julio de 2027.
La factura electrónica obligatoria ya cuenta con desarrollo reglamentario mediante el Real Decreto 238/2026, pero su aplicación efectiva depende de la orden ministerial que regulará la solución pública de facturación electrónica.
Desde la entrada en vigor de esa orden, la obligación se aplicará en 12 meses para empresarios y profesionales con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros en el año natural inmediato anterior. Para el resto, el plazo será de 24 meses.
FAQ
¿La factura electrónica sustituye a VeriFactu?
No. La factura electrónica regula el intercambio digital de facturas B2B. VeriFactu regula los requisitos del software que genera y conserva los registros de facturación.
¿VeriFactu obliga a enviar todas las facturas a la Agencia Tributaria?
No necesariamente. Existen sistemas VERI*FACTU, que remiten registros a la AEAT, y sistemas que no realizan esa remisión, aunque ambos deben cumplir los requisitos técnicos del Real Decreto 1007/2023.
¿Necesito VeriFactu si ya utilizo factura electrónica?
Puede que sí. Usar factura electrónica no elimina la obligación de adaptar el software a VeriFactu si el negocio está dentro del ámbito del Real Decreto 1007/2023.
¿Qué obligación entrará en vigor primero: VeriFactu o la factura electrónica?
VeriFactu tiene fechas concretas en 2027. La factura electrónica B2B depende de la orden ministerial de la solución pública y se aplicará en 12 o 24 meses desde su entrada en vigor.
¿Es posible cumplir VeriFactu y la factura electrónica con el mismo software?
Sí. El mismo software puede cubrir ambos requisitos si cumple las exigencias de los sistemas informáticos de facturación y permite gestionar facturas electrónicas B2B.
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