El paro de los autónomos es muy importante para todos los trabajadores por cuenta propia en España. Por esta razón, decidimos crear una guía completa sobre este concepto para que conozcas en qué consiste, cuál es el procedimiento para solicitarlo, sus beneficios y mucho más. ¡Vamos a comenzar!

Contenido

¿Qué es el paro de los autónomos?

Según la Ley 32/2010, de 5 de agosto, el paro de los autónomos, llamado “prestación por cese de actividad” es un beneficio que ofrece la Seguridad Social a todos los trabajadores por cuenta propia que tengan que detener su actividad económica. 

Estos trabajadores tienen derecho a recibir dicha prestación al igual que los trabajadores por cuenta ajena, aunque los requisitos que se deben cumplir son muy diferentes. 

El paro de los autónomos corresponde a una iniciativa que favorece a los autónomos en caso de que tengan algún inconveniente y no puedan continuar con sus actividades. Sin embargo, el paro tiene que estar bien justificado para obtener el beneficio. 

¿Qué condiciones debe cumplir un autónomo para acceder al paro de los autónomos?

Un autónomo tiene derecho a paro siempre y cuando se cumplan algunas condiciones, según lo especifica el Artículo 4 de la Ley 32/2010. Allí se especifica lo siguiente: 

  1. El autónomo debe estar afiliado al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. 
  2. Se deben hacer los pagos correspondientes a la Seguridad Social y estar al momento del cese de la actividad. 
  3. Hay que encontrarse en situación legal de cese de actividad reconocida para acceder al beneficio. 
  4. No haber recibido una prestación ordinaria por cese de actividad anteriormente, ni tener un trabajo por cuenta ajena ni tener otra actividad cubierta por el mecanismo de Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo (RED). 
  5. Por último, el autónomo no debe haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión por jubilación, aunque, en caso de haber alcanzado la edad, no haya cumplido el periodo mínimo de cotización. 

Situación legal de cese de actividad

El Artículo 5 de la Ley 32/2010 establece cuáles son las situaciones donde se considera legal el cese de las actividades de los autónomos. En general, el paro de los autónomos se puede dar por estas razones: 

  • Por la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que llevan al trabajador a cerrar el negocio. 
  • Por fuerza mayor, cuya razón no pueda ser controlada por el trabajador, causando un cese temporal o definitivo del negocio. 
  • Por pérdida de la licencia administrativa, ya que algunas empresas necesitan licencias específicas para continuar su actividad económica. 
  • Víctimas de violencia de género. 
  • Finalmente, por un divorcio o separación matrimonial, la cual se realizó a través de una resolución judicial. 

Es importante destacar que en el mismo artículo, en su apartado 4, se menciona que un autónomo tiene derecho a paro, siempre y cuando no se presenten estos casos: 

  • Que el autónomo interrumpa voluntariamente su actividad. 
  • Aquellos autónomos que, luego de haber pedido la prestación por cese de actividad debido a la falta de un cliente, vuelvan a trabajar con dicho cliente en un periodo de un año. 

Duración mínima de cotización

Los autónomos tienen derecho a paro siempre y cuando cumplan con el periodo mínimo de cotización en la Seguridad Social. Dicho periodo será de 12 meses, a los cuales se deben incluir los 24 meses anteriores al propio cese de actividades. 

Es necesario destacar que, según la cantidad de meses cotizados, obtendrás este beneficio por más tiempo. El Artículo 8 de la Ley 32/2010 nos muestra cómo funciona el paro de los autónomos en el siguiente cuadro: 

Periodo de cotización por cesePeriodo de la protección
De 12 a 17 meses2 meses
De 18 a 23 meses3 meses
De 24 a 29 meses4 meses
De 30 a 35 meses5 meses
De 36 a 42 meses6 meses
De 43 a 47 meses8 meses
De 48 meses en adelante12 meses

Procedimiento para solicitar el paro de los autónomos

Este beneficio se tiene que solicitar a la Mutua colaboradora con la Seguridad Social, quienes son los encargados de corroborar que se presenten todas las condiciones legales establecidas anteriormente. 

El Artículo 7 de la Ley 32/2010 establece cuál es el procedimiento a seguir para obtener la prestación. Para esto, se tiene que enviar un formulario que indique cuál es la razón por la que se genera el cese de actividades y por la solicitaste la prestación. 

Además de presentar el pasaporte o DNI como método de identificación, tendrás que presentar cualquier documento que demuestre la existencia de una razón legal para detener tu actividad económica. Si no se cumple este requisito, la solicitud será negada. 

Dicho artículo también establece que la solicitud se puede presentar hasta el último día del mes siguiente al hecho causante del cese de actividades. En este sentido, la Mutua colaboradora se hará cargo de la cuota de la Seguridad Social a partir del mes inmediatamente siguiente al causante del paro, siempre que se cumpla el plazo anterior. 

Beneficios y cuantía del paro de los autónomos

Con cuantía nos referimos al pago de prestaciones cuando los autónomos tienen derecho a paro y cumplen con los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Se considera entonces el promedio de la base de cotización reguladora con la que haya cotizado el autónomo durante los últimos 12 meses de pago continuo. 

La cuantía de la prestación se determina aplicando el 70% de la base reguladora, destacando que el monto máximo a recibir no será máyor del 175 por ciento del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, a menos que el autónomo tenga uno o más hijos. 

En el Artículo 9 de la Ley 32/2010 se establece que la cuantía mínima o máxima se calcula tomando en cuenta el indicador mencionado que esté vigente cuando se solicite el paro de los autónomos. Se destaca también que el cálculo puede variar según la situación personal del trabajador y si tiene hijos dependientes económicamente. 

Conclusión

Aunque los autónomos tienen paro como cualquier otro trabajador, estos cuentan con otros beneficios o ayudas disponibles según la situación en la que se encuentren. Algunas incluyen reducciones en las cuotas de la Seguridad Social cuando se trata de emprendedores jóvenes o autónomos que tengan a su cargo personas dependientes. 

También se pueden mencionar bonificaciones fiscales y ayudas para mejorar la formación del trabajador. En cada caso debes cumplir con ciertos requisitos que varían según tu situación y la organización que ofrezca la ayuda. 

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si tengo deudas con la Seguridad Social?

Si solicitas la prestación por cese de actividad y tienes deudas con la Seguridad Social se pueden presentar dos casos: se puede descontar de las prestaciones por desempleo correspondientes la suma de dinero necesaria para cubrir la deuda, reduciendo el beneficio que puedes conseguir, o directamente se rechaza tu solicitud. 

¿Qué hago si mi solicitud de paro de autónomos es denegada?

Cuando se niega la solicitud de paro, tienes la opción de solicitar una copia de la resolución emitida por la Seguridad Social. Allí verás las razones por las que fue negada la prestación y podrás volver a hacer la solicitud una vez que resuelvas los problemas que se indiquen.

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