El Modelo 309 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es una declaración que se aplica a operaciones muy específicas en España, por lo que vale la pena entender para qué sirve, cómo debe entregarse el modelo y cuándo hacerlo.

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Modelo 309 de la AEAT: qué es y para qué sirve

¿Qué es el Modelo 309? Una declaración especial que deben presentar los contribuyentes dados de alta en el Régimen Especial de Recargo de Equivalencia que no están obligados a presentar el Modelo 303 (autoliquidación periódica del IVA) ni el Modelo 390 (resumen anual del IVA).

Se trata de una autoliquidación no periódica que se efectúa cuando el contribuyente debe declarar el impuesto derivado de adquisiciones intracomunitarias de bienes procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea.

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Quién debe presentar el Modelo 309 y cuándo es obligatorio

De acuerdo con la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, y sus posteriores modificaciones mediante la Orden HFP/1247/2017 y la Orden HFP/1245/2022, el Modelo 309 de la AEAT debe ser presentado por los siguientes contribuyentes:

  • Personas físicas o entidades acogidas al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, cuando realicen adquisiciones intracomunitarias vinculadas al ejercicio de su actividad.
  • Sujetos pasivos acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia, en los casos en que deban declarar adquisiciones intracomunitarias de bienes.
  • Personas o entidades que no tengan la condición de empresarios o profesionales, cuando adquieran un medio de transporte nuevo procedente de otro país de la Unión Europea.
  • Personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales, cuando realicen adquisiciones intracomunitarias distintas de un medio de transporte nuevo.

¿Todos los autónomos deben presentar el Modelo 309?

Sólo están obligados a presentar el Modelo 309 aquellos que realicen adquisiciones intracomunitarias y estén acogidos al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia. Los autónomos que tributan en el Régimen General del IVA deben declarar directamente a través del Modelo 303. 

¿Cómo saber si eres comerciante minorista a efectos de Hacienda?

Para poder acogerse al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia, es necesario tener la consideración de comerciante minorista. Esta condición se cumple cuando:

  • Al menos el 80 % de las ventas debe destinarse a consumidores finales.
  • Los productos deben venderse sin someterse a transformación.

¿Cuándo se presenta el Modelo 309 y cuál es su plazo?

Ya conoces para qué sirve el Modelo 309, pero ¿cuándo se entrega? Al tratarse de una autoliquidación no periódica, sólo debe presentarse cuando realizas operaciones sujetas a este modelo en los plazos aplicables a la declaración trimestral del IVA:

  • primer trimestre - enero a marzo (1T): del 1 al 20 de abril
  • segundo trimestre - abril a junio (2T): del 1 al 20 de julio
  • tercer trimestre - julio a septiembre (3T): del 1 al 20 de octubre
  • cuarto trimestre - octubre a diciembre (4T): del 1 al 30 de enero del año siguiente

No obstante, si la operación implica la adquisición intracomunitaria de un medio de transporte nuevo, ¿cuándo se presenta el Modelo 309? El plazo será de 30 días naturales desde la fecha de la operación o, en su caso, antes de la matriculación definitiva.

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Cómo presentar el Modelo 309 en Hacienda

La presentación del Modelo 309 del IVA se realiza de dos formas:

¿Cómo se presenta el Modelo 309 de forma digital?

La presentación digital debe seguir estos sencillos pasos:

  1. Accede a la sede electrónica y, dentro del apartado «IVA – Todas las gestiones».
  2. Selecciona «Modelo 309. Declaración-liquidación no periódica».
  3. Identifícate con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
  4. Completa el formulario y confirma la información para efectuar el pago.

Además, existen plataformas de gestión fiscal (como Declarando) que permiten generar la autoliquidación en pocos minutos.

¿Se puede presentar el Modelo 309 en papel?

Según el Artículo 2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, el Modelo 309 obligatorio para los supuestos normativos también puede presentarse en papel. Para ello, debes generar previamente una predeclaración a través de la Sede Electrónica, sin necesidad de certificado digital. Si el resultado es a ingresar, deberás presentarla y efectuar el pago en un banco colaborador. 

Cómo rellenar el Modelo 309 paso a paso

Para cumplimentarlo, sigue las instrucciones del Modelo 309 oficiales:

  1. Datos identificativos: NIF, nombre, apellidos o razón social.
  2. Devengo: año y periodo de la declaración; para compras de vehículos, se indica 0A.
  3. Situación tributaria y hecho imponible: motivo que obliga a presentar la declaración.
  4. Medios de transporte: consignar los datos técnicos del vehículo, si procede.
  5. Sección de operaciones: 
  • Casillas 01 a 09 y 25 a 27: bases imponibles, tipo de IVA y cuotas. 
  • Casillas 10 a 21: recargo de equivalencia y cuotas correspondientes. 
  • Casilla 23: sólo para declaraciones complementarias. 
  • Casilla 24: resultado de la operación.

Consejos para evitar errores al rellenar el Modelo 309

A la hora de cómo rellenar el Modelo 309, fíjate en lo siguiente para evitar errores:

  • Verifica todos los datos antes de presentarlo.
  • Aplica los tipos impositivos correctos.
  • Conserva todas las facturas.
  • Utiliza el formulario online de la AEAT para validar los cálculos.
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Ejemplo de Modelo 309: caso práctico completo

Supongamos que un comerciante minorista realiza una adquisición intracomunitaria durante el tercer trimestre del año. La factura asciende a 3000 € con IVA del 21 %.

Al estar acogido al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia, el IVA no es deducible, por lo que se debe ingresar tanto el IVA como el recargo:

  • Base imponible: 3000 €.
  • Tipo de gravamen (21 %): 3000 € × 0.21 = 630 €.
  • Recargo de Equivalencia (5.2 %): 3000 € × 0.052 = 156 €.
  • Cuota total a ingresar en este ejemplo de Modelo 309: 630 € + 156 € = 786 €.

Relación entre el recargo de equivalencia y el modelo 309

El Recargo de Equivalencia es un régimen especial del IVA destinado a comerciantes minoristas, diseñado para simplificar sus obligaciones fiscales.

Los contribuyentes acogidos a este régimen no declaran el IVA repercutido en sus ventas, pero sí deben declarar el impuesto generado por adquisiciones intracomunitarias mediante el Modelo 309.

Dado que los proveedores extranjeros no aplican el IVA español ni el recargo de equivalencia, el Modelo 309 permite autoliquidar ambos impuestos. Para el minorista, estos recargos se consideran un mayor coste de la compra o del gasto.

FAQ

¿Para el Modelo 309 debo presentar el Modelo 390?

No, puesto que si presentas el Modelo 309, no tienes la obligación de hacer la declaración anual del IVA con el Modelo 390. La declaración con el Modelo 309 se aplica sólo en casos puntuales fuera del régimen general.

¿Qué sucede si no presento el Modelo 309?

La falta de presentación del Modelo 309 cuando estás obligado se considera una infracción tributaria que puede generar recargos por presentación extemporánea o multas para los casos más graves.

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