Sabemos que el Modelo 347 es una de las declaraciones más importantes que hay que hacer ante la Agencia Tributaria. Por esta razón, creamos una guía básica donde aprenderás qué es, quién tiene que presentarla, cómo hacerlo y mucho más. ¡Vamos a comenzar!
¿Qué es el Modelo 347?
El Modelo 347 es una declaración anual de operaciones obligatoria que tienen que entregar los autónomos y sociedades en España, públicas o privadas, ante la Agencia Tributaria. Allí se registran todas las transacciones que se realicen con terceros y sean superiores a los 3005,06 €.
Dicho de otro modo, es una declaración informativa donde tienes que registrar todas las operaciones que tengas con tus clientes y promotores, siempre y cuando dichas operaciones en conjunto superen la cifra que mencionamos.
La Ley General Tributaria, en su Artículo 93, establece la obligación de informar a Hacienda de todas las transacciones realizadas por actividades empresariales o profesionales. En este sentido, el Modelo 347 se utiliza para cumplir con la entrega de esta información.
¿Cuál es la importancia del Modelo 347?
Además de cumplir con la legislación española, este modelo tiene gran relevancia para Hacienda y las propias empresas. En el caso de la Agencia Tributaria, la declaración representa un medio clave para evitar la evasión de impuestos y el fraude fiscal.
Tanto tu empresa, como tus clientes y proveedores, tienen que rellenar el Modelo 347. De esta forma, la agencia puede comparar las transacciones declaradas y asegurarse de que concuerden.
Por otra parte, también se utilizan los datos para hacer cálculos estadísticos sobre la economía nacional y supervisar la actividad del país. Así es posible para el Estado diseñar estrategias que se adapten mejor a la realidad de la economía española.
Finalmente, para la persona o entidad que realice la declaración, esta le ayuda a tener un orden de todas sus operaciones durante el año fiscal. Además, es una estrategia efectiva para descubrir patrones económicos y tomar decisiones informadas sobre el futuro. Hay que destacar que también contribuye a asegurar la transparencia de todas sus transacciones.
¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 347?
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria puedes conseguir una guía con información específica sobre el modelo y su presentación. Allí se establece quiénes tienen que hacer la declaración siguiendo las especificaciones del Artículo 31 de la RGAT.
Los obligados a presentar el Modelo 347 son:
- Todos aquellos que realicen operaciones con terceras personas según sus actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando los montos superen los 3005,06 €. Se incluye a autónomos y sociedades públicas o privadas.
- Las organizaciones a las que se les aplique la Ley 49/1960, del 21 de junio, relacionada con la propiedad horizontal.
- Aquellos que hayan realizado adquisiciones de bienes y servicios efectuadas al margen de cualquier actividad empresarial o profesional.
- Las entidades que llevan a cabo funciones de cobro, en nombre de sus socios, asociados, colegiados, así como de honorarios profesionales o de derechos relacionados con la propiedad intelectual, el autor u otros; incluidas sociedades, asociaciones y colegios profesionales.
Quién no está obligado a presentar el Modelo 347
Existen algunas excepciones que tienes que conocer. Un caso de esto son las empresas que importan mercancías o aquellas cuyas compras de bienes implican envíos entre el territorio peninsular español, las Islas Baleares y las Islas Canarias, así como Ceuta y Melilla.
A continuación, especificamos quién no está obligado a presentar el Modelo 347 según el Artículo 32 de la RGAT:
- Empresas que no tienen establecimientos permanentes o un domicilio fiscal dentro del territorio español.
- Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, que no tienen presencia en el país.
- Personas físicas y entidades que pagan el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mediante el método de estimación objetiva y, al mismo tiempo, están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido bajo alguno de los regímenes especiales.
- Aquellos que hayan llevado a cabo únicamente operaciones que no están obligadas a ser declaradas, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 de la RGAT.
Es importante mencionar que, según indica el reglamento de la Agencia Tributaria, aquellas personas físicas o sociedades que están obligados a llevar su registro del libro de IVA directamente en la sede electrónica durante el año fiscal, no tienen que presentar el Modelo 347.
¿Cuándo se presenta el Modelo 347?
Ahora que conoces qué es el Modelo 347, es momento de que sepas exactamente cuándo lo tienes que entregar. Este proceso suele hacerse de forma telemática, es decir, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria usando un certificado digital, DNI electrónico o cl@ve PIN.
La entrega de la declaración tiene que hacerse durante el mes de febrero, donde se declaran las actividades económicas realizadas durante el año anterior.
Existe la oportunidad de entregar el modelo los primeros cuatro días naturales del mes siguiente al plazo de presentación, pero solo es posible si hay problemas técnicos durante el registro de la información en el sistema de Hacienda.
¿Qué operaciones se declaran en el Modelo 347?
En el Modelo 347 se registran una gran variedad de transacciones, ya que se incluyen todas las adquisiciones y entregas de bienes y servicios a clientes y proveedores. Esto es así siempre que las cuentas involucradas tengan un valor superior a 3.005,06 euros.
También se tienen que declarar las operaciones de tipo inmobiliario, como compra o alquiler de bienes raíces, así como las subvenciones, ayudas no reembolsables y operaciones con aseguradoras. Cualquier transacción que implique el uso de una factura se tiene que registrar en este modelo.
Toda esta información se debe desglosar de forma trimestral con la finalidad de facilitar su posterior análisis por parte de la Agencia Tributaria.
Operaciones excluidas
Hay que mencionar que también hay transacciones que no será necesario registrar en tu declaración. Estas se establecen en el Artículo 32 de la RGAT. Aquí indicamos brevemente las operaciones excluidas del Modelo 347:
- Todas las operaciones por las que no exista obligación de expedir factura, exceptuando las relacionadas con seguros;
- Aquellas llevadas a cabo fuera del ámbito de la actividad empresarial o profesional;
- Cualquier transacción realizada de forma gratuita y que no esté sujeta o esté exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido;
- Arrendamientos de bienes exentos de IVA efectuados por personas físicas o entidades que no poseen personalidad jurídica;
- Importaciones y exportaciones de mercancías y las operaciones realizadas directamente desde o para establecimientos permanentes del contribuyente situado fuera del territorio español;
- Envíos entre el territorio peninsular español o islas Baleares y Canarias, Ceuta y Melilla;
- Operaciones para las cuales hay una obligación regular de proporcionar información a la Administración Tributaria Estatal.
Es sumamente importante que sepas si tus actividades económicas implican alguna de estas operaciones, de manera que puedas rellenar el Modelo 347 sin errores y sin agregar información innecesaria.
¿Cómo calcular los importes a declarar?
Calcular el importe de las transacciones es sumamente simple, pero tienes que tener cuidado con los detalles para que no se pierda ninguna transacción durante el proceso de registro. En este sentido, tienes que seguir estos pasos:
- Agrupa todas las operaciones que hayas realizado con cada cliente y proveedor con el que hayas trabajado durante el año fiscal.
- Organiza los importes relacionados con cada transacción. Recuerda que los montos tienen que incluir el importe del IVA.
- Suma los montos para cada cliente y proveedor por separado. Si el resultado es superior a 3.005,06 euros, entonces sabrás que tienes que registrarlo en el Modelo 347.
¡Listo! El proceso es tan simple como realizar una suma de todas las transacciones realizadas por el cliente y el proveedor. Lo importante es asegurarte de declarar todas las operaciones que correspondan, de manera que tus registros y los de los terceros concuerden una vez que sean analizados por la Agencia Tributaria.
Cómo completar el Modelo 347 de declaraciones de operaciones con terceros
Una vez que tienes toda la información organizada por clientes y proveedores, es momento de completar el Modelo 347. Para esto, puedes utilizar el sistema de Hacienda o algún programa especializado siempre y cuando este cumpla con el formato que exige la ley. El formulario que debes completar se divide en tres partes:
Resumen de datos
El proceso inicia en la primera página, donde tienes que hacer un resumen de todas las transacciones, además de colocar tus datos de identificación: NIF de la empresa, razón y domicilio fiscal, entre otros. Luego, tienes que rellenar las siguientes casillas:
- Casilla n.º 1: aquí se establece el número de clientes y proveedores con los que has realizado operaciones con un importe superior a 3.005,06 euros.
- Casilla n.º 2: en esta casilla se ingresa el importe específico de las operaciones registradas anteriormente. Recuerda que el monto tiene que incluir el IVA.
- Casilla n.º 3: allí debes indicar el número total de los locales de negocio de tu empresa.
- Casilla n.º 4: finalmente, se registra el valor del alquiler pagado en los locales anteriores, incluyendo también el IVA.
Si se está haciendo una declaración complementaria o sustitutiva, hay que marcar otras casillas específicas, aunque de esto te hablaremos más adelante.
Relación de declarados
Al tener completado el resumen del Modelo 347, es momento de presentar un desglose con toda la información sobre los clientes y proveedores con los que realizaste operaciones. En general, tendrás que ingresar los siguientes datos:
- Razón social;
- NIF del declarado, es decir, del cliente o proveedor;
- NIF del representante, si has hecho operaciones con menores;
- Los dos primeros dígitos del código postal que indica la provincia.
Posteriormente, tienes que establecer cuál es la naturaleza de las transacciones que hiciste. Para esto, existe un código o claves de operación que identifican cada operación en muy poco tiempo. Dichas claves son las siguientes:
- Clave de operación A: compra;
- Clave de operación B: venta;
- Clave de operación C: cobros de clientes superiores a 300,51 €;
- Clave de operación D: dinero que recibes de entidades públicas y que no forma parte de tu actividad laboral;
- Clave de operación E: subvenciones o ayudas (esta clave la marca la Administración Pública);
- Clave de operación F: ventas exclusivas de agencias de viaje;
- Clave de operación G: compras de agencias de viaje.
Relación de inmuebles
Por último, se tiene que completar una tercera página donde se ingresan los datos referentes a los locales o inmuebles alquilados por tu empresa. Aquí tendrás que agregar los siguientes datos al Modelo 347:
- NIF del arrendatario;
- Nombre o razón fiscal;
- Monto total de la operación con sus respectivos impuestos;
- Referencia catastral;
- Dirección completa del inmueble alquilado;
- Situación:
- “1”, para los locales en España (excepto País Vasco y Navarra)
- “2”, para los del País Vasco y Navarra
- “3”, si no tiene referencia catastral
- “4”, si es en el extranjero
¡Listo! Una vez que completes las tres partes mencionadas, tu declaración estará completa. El sistema cargará la información automáticamente para su posterior revisión por parte de la Agencia Tributaria.
¿Cómo presentar el Modelo 347?
Al ser una declaración informativa, la misma solo se puede entregar de manera telemática, es decir, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. En este sentido, solo tendrás que ingresar a dicha plataforma e identificarte con tu certificado digital o cl@ve PIN.
Luego, solo tienes que buscar la opción para completar el Modelo 347 e iniciar el vaciado de la información tal como te enseñamos en el punto anterior.
Además de la plataforma de Hacienda, también puedes usar otras herramientas como programas de contabilidad para completar el modelo. Sin embargo, es importante que te asegures de que dicho sistema sea compatible con el de la Agencia Tributaria.
Con estas herramientas se generan ficheros con los datos ingresados, que luego se tienen que cargar en la sede electrónica para su validación. Si el formato no es el indicado, no se aceptará la declaración.
Errores comunes al presentar y cómo evitarlos
Son muchos los errores que se pueden cometer al hacer esta declaración si no se tiene cuidado durante la recopilación de la información. Algunos de los errores más usuales son:
- Falta de información en la declaración;
- No saber cuándo se presenta el modelo 347;
- Agregar transacciones que están exentas;
- Errores en los montos ingresados;
- Ingresar un fichero con el formato equivocado;
- No incluir la firma electrónica o usar un certificado digital que no esté vigente.
Todo esto se puede evitar si tienes cuidado al momento de recopilar la información referente a las operaciones realizadas en el año fiscal. También es importante que leas las instrucciones que establece la propia Agencia Tributaria. Allí podrás responder a cualquier duda y agilizar el proceso de rellenar el Modelo 347.
¿Qué hacer si hay errores en el Modelo 347?
Si realizaste la declaración y detectaste un error, es posible hacer cambios o modificaciones para corregir la información. Esto se hace mediante declaraciones complementarias o sustitutivas.
En la primera página del modelo, en el resumen de datos, tendrás algunas casillas disponibles que puedes marcar según la corrección que necesites hacer. Dichas casillas son las siguientes:
- Inclusión de datos: esta opción te permite agregar a la declaración cualquier transacción que hayas olvidado en la primera oportunidad.
- Modificación o anulación de los datos: si cometiste un error en los montos o en la información del declarado, con esta opción podrás hacer cambios de la información.
- Declaración sustitutiva: también tienes la opción de presentar una declaración corregida que sustituya la anterior.
Para cualquiera de las tres opciones, necesitas ingresar un número identificativo de 13 dígitos con el que se identifica la declaración que se quiere modificar. De esta forma, el sistema es capaz de hacer el cambio inmediatamente.
Sanciones y consecuencias por no presentar el Modelo 347
Como te mencionamos, el Modelo 347 es de gran utilidad para la Agencia Tributaria, ya que le permite comprobar que no existan irregularidades con tus actividades económicas. Por esta razón, no presentar la declaración puede traer consecuencias graves para tu empresa.
Si no cumples con el plazo de presentación especificado (durante el mes de febrero), vas a tener que pagar sanciones con intereses por demora. En casos más graves, la empresa puede sufrir consecuencias legales con responsabilidad penal o inspecciones más exhaustivas por parte de Hacienda.
Ahora bien, en caso de que se presente una declaración con datos erróneos, las consecuencias cambian. Si esto ocurre, recibirá multas cuyo importe variará según la cantidad de operaciones que se hayan omitido o cuyos montos no sean los correctos.
Todo esto, además de generar problemas con la Agencia Tributaria, puede causar inconvenientes con respecto a la imagen de tu empresa, dificultando en gran medida conseguir nuevos inversores que fomenten el crecimiento del negocio.
Conclusión
Presentar el Modelo 347 correctamente es crucial. Asegúrate de revisar toda la información de tus operaciones para evitar errores. Conciliar tus registros contables puede ayudarte a detectar discrepancias, especialmente si utilizas software compatible con la Agencia Tributaria. Si tienes dudas, busca asesoría en Hacienda o con un experto. Recomendaciones clave:
- Verifica que tu certificado digital esté vigente.
- Confirma que los tipos de operaciones sean correctos.
- Guarda una copia de seguridad de la declaración.
- Mantente informado sobre posibles cambios en la normativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué hacer si un cliente o proveedor no aparece en el Modelo 347?
Si un cliente no aparece en el sistema, es probable que tengas que comprobar sus datos identificativos, sobre todo el NIF. El error también se puede deber a errores de configuración en tu programa de gestión contable. Si revisas ambas opciones y el error persiste, entonces tienes que contactar directamente con la Agencia Tributaria.
¿Es posible aplazar o fraccionar la presentación del Modelo 347?
Contrario a lo que ocurre con otros modelos, sobre todo con aquellos referentes al pago de impuestos, con el Modelo 347 no se puede solicitar aplazamientos. La declaración se tiene que hacer de forma obligatoria durante el mes de febrero o, en su defecto, durante los primeros cuatro días de marzo en caso de problemas técnicos con la plataforma.
¿Cómo se reflejan los pagos en efectivo en el Modelo 347?
No existe una distinción entre los pagos en efectivo y otros métodos de pago. Todas las operaciones realizadas con clientes o proveedores se tienen que registrar igual en el modelo, siempre y cuando cumplan con la condición de que el importe debe ser superior a los 3005,06 €.
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