El IVA soportado y repercutido son dos conceptos que están enormemente vinculados al mundo empresarial y las actividades económicas. Entender cómo funciona el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es esencial para las empresas y autónomos. También lo es saber cuáles son las diferencias entre estos dos tipos de IVA. Todo esto lo abordaremos en esta guía, donde además te contaremos cómo calcularlos y declararlos de forma correcta.
¿Qué es el IVA soportado y repercutido?
Antes de entrar en detalles sobre cuáles son las diferencias entre el IVA soportado y repercutido, es importante definir cada uno de ellos.
¿Qué es el IVA soportado?
Cuando hablamos de IVA soportado nos referimos a aquel impuesto que es pagado por los empresarios y profesionales al momento de adquirir productos o servicios. Este IVA se aplica para aquellos bienes y servicios que una empresa adquiere para su correcta actividad.
Las facturas recibidas por la empresa durante la adquisición registran el IVA y este puede deducirse al momento de declararlo. Se le conoce como IVA soportado porque la empresa lo asume o soporta durante el proceso de abastecimiento, pero luego se transmite al IVA que se cobra al usuario final.
Por ejemplo, imaginemos que un panadero autónomo ha comprado equipos de panadería por un valor de 10 000 €, los cuales contienen un IVA de 21 %. Como parte de dicha compra, estaría pagando 2100 € en concepto de impuesto, pero estos instrumentos hacen parte de las herramientas necesarias para el desarrollo de la actividad.
A tal impuesto se le conoce como IVA soportado y al momento de declarar el IVA a Hacienda, el autónomo podrá comunicar que lo ha pagado y se podrá realizar la deducción con respecto al IVA repercutido.
¿Qué es el IVA repercutido?
El IVA repercutido es un concepto mucho más básico y sencillo de comprender. Es aquel impuesto que la empresa incluye a los clientes al facturar por la venta de productos o servicios.
Este impuesto suele añadirse al precio de venta final y la empresa tiene la obligación de declararlo y pagarlo a Hacienda, ya que no es para su propio beneficio, sino que debe ir a las arcas del estado.
El nombre de IVA repercutido se refiere a que el impuesto se repercute hacia el cliente final, que es quien lo paga al adquirir el producto o servicio.
Volviendo al ejemplo anterior, imaginemos que el panadero vende 5 kilogramos de pan por un total de 10 €. En el precio final del producto se incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido que se cobra al usuario final. Siendo un 21 % de IVA, este sería de 2,1 €, monto que se debe declarar por dicha venta.
IVA soportado y repercutido: ¿cuál es su impacto en la contabilidad?
Cuando hablamos de IVA soportado y repercutido hay que tener en cuenta que estos dos se registran por separado, pues cada uno de ellos tiene un impacto diferente en la contabilidad.
El IVA soportado es un activo, mientras que el IVA repercutido es un pasivo. Esto se debe a que el primero se paga al momento de la adquisición, pero se recupera al declarar el segundo a la Agencia Tributaria.
De esta manera, el IVA soportado es un coste que debe asumir la empresa de forma temporal y que luego podrá recuperar, mientras que el repercutido es un porcentaje de impuesto fijo que se debe tener en cuenta en la contabilidad, entendiendo que es dinero que se está obligado a pagar a Hacienda.
¿Cuáles son las diferencias entre IVA soportado y repercutido?
Ya te habrás dado cuenta de que tanto el IVA soportado como el IVA repercutido son conceptos importantes y bastante vinculados, pero que también difieren entre sí. A continuación, hemos preparado una tabla con las diferencias entre IVA soportado y repercutido.
IVA soportado | IVA repercutido |
Es el importe de IVA que paga la empresa al adquirir bienes y servicios | Es el impuesto que paga el usuario final |
Se clasifica como activo | Se clasifica como pasivo |
Se deduce del IVA repercutido al momento de declarar | Se declara a Hacienda en su totalidad |
Es un gasto temporal que la empresa asume | Es un ingreso temporal que debe ser declarado |
¿Cuándo se puede deducir el IVA soportado?
Hay que entender que el IVA soportado se refiere exclusivamente a aquel IVA que una empresa ha pagado en pro de adquirir elementos para desarrollar su actividad.
En casos de adquisiciones de uso privado, estas no aplican para la deducción del IVA. Tampoco las de uso mixto (profesional y privado), aunque en algunos casos se puede aplicar un cálculo prorrateado para deducir la parte que corresponde al uso empresarial. Por tanto, a la hora de deducir el IVA, se debe justificar de forma correcta el IVA soportado deducible.
También es importante que la empresa o autónomo lleve una correcta contabilidad y conserve las facturas de todos los bienes o servicios adquiridos para el desarrollo de su actividad.
Resumiendo todo lo dicho, estos son los casos en los que el IVA puede ser deducible:
- Compra de bienes y servicios necesarios para el negocio;
- Gastos vinculados a la actividad económica, siempre que estén respaldados por una factura y que se pueda demostrar que son exclusivamente para dicha actividad.
¿Cuándo el IVA no es desgravable?
A pesar de que el IVA soportado se puede deducir del IVA repercutido durante la declaración, no funciona de forma universal con todos los bienes y servicios adquiridos por una empresa.
En primer lugar, hay que recordar que debe ser demostrable que lo adquirido tenga un fin exclusivamente empresarial. Además, hay algunos otros casos puntuales donde el IVA soportado no se puede desgravar, esto de acuerdo con el Artículo 96 de la Ley del IVA. Veamos cuáles son:
- Joyas y piedras preciosas;
- Objetos de oro y platino;
- Alimentos y bebidas;
- Espectáculos y servicios de carácter recreativo;
- Bienes y servicios destinados a atenciones a terceros;
- Desplazamiento, viajes y hostelería (salvo que tengan correlación directa con los ingresos o que sea comprobable que tienen como fin exclusivo la promoción de la actividad económica de la empresa o el profesional).
¿Cómo calcular el IVA soportado y repercutido?
En la gestión fiscal de cualquier negocio es fundamental conocer cómo calcular el IVA soportado y repercutido, ya que debe hacerse cada trimestre de acuerdo con el modelo 303. A continuación, te contamos de forma sencilla cómo hacer el cálculo de estos dos impuestos.
Cálculo del IVA soportado
Lo primero que una empresa o autónomo debe hacer a la hora de calcular el IVA soportado es reunir todas aquellas facturas que contengan gastos relacionados con la actividad económica que se practica.
En caso de que las facturas tengan diferentes porcentajes de IVA, la mejor opción es organizarlas de acuerdo con el valor del IVA aplicado, para así poder hacer el cálculo de forma mucho más eficiente. Tras agrupar las facturas, se deben sumar los importes de IVA de cada una de las facturas, lo que dará como resultado el valor del IVA soportado.
La fórmula para calcular el IVA soportado es la siguiente:
Importe total de los gastos x Tipo de IVA (21 %, 10 % o 4 %)
Una vez más, si se trata de facturas con distintos tipos de IVA, lo mejor será hacer la contabilidad de cada grupo por separado.
Por ejemplo, si una empresa editorial adquiere herramientas de trabajo por un valor de 1000 € con un IVA del 21 %, el IVA soportado se calcularía de la siguiente manera:
1000 € x 21 %= 210 €
De esta forma, el IVA soportado equivale a 210€.
Cálculo del IVA repercutido
Calcular el IVA repercutido también pasa por reunir todas las facturas, pero en este caso nos referimos a las facturas emitidas de las ventas correspondientes al trimestre.
Es indispensable incluir absolutamente todas las facturas, ya que la omisión de alguna de ellas puede generar problemas con Hacienda. Entendiendo que existen tres tipos de IVA, se debe revisar cuál es el que se aplica en las ventas y, en caso de ser más de uno tipo de IVA, agruparlas de acuerdo con el porcentaje.
Al final, a cada grupo se le aplica la siguiente fórmula para el cálculo del IVA repercutido:
Importe total de las ventas x Tipo de IVA (21 %, 10 % o 4 %)
Por ejemplo, supongamos que la misma empresa editorial a la que antes nos hemos referido consigue vender 1000 ejemplares durante un trimestre, por un valor total de 15 000 €. Cada uno de estos libros tiene un 4 % de IVA, por lo que al aplicar la fórmula quedaría de la siguiente manera.
15 000€ x 4 %= 600 €
Así, el IVA repercutido de dicho trimestre equivale a 600 €.
¿Qué ocurre si el IVA repercutido supera al IVA soportado?
Cuando el IVA repercutido supera al IVA soportado esto se traduce en que la empresa ha cobrado más IVA del que ha pagado a la hora de comprar bienes y servicios para su actividad. Este suele ser el caso más común y la empresa deberá pagar a Hacienda la diferencia entre ambos tipos de IVA, restando el IVA soportado del IVA repercutido.
Con el ejemplo anterior, podemos ver que la empresa repercutió 600 € de IVA en sus ventas, mientras que el IVA soportado fue de 210 €. En este caso, se procede a restar el primero del segundo para obtener el IVA a pagar:
600 € - 210 € = 390 €
¿Qué pasa si el IVA soportado excede al IVA repercutido?
Ahora bien, si fuese al contrario y el IVA soportado fuese más que el IVA repercutido, el saldo quedará a favor de la empresa para declaraciones trimestrales posteriores.
Volviendo al ejemplo anterior, supongamos que el IVA soportado hubiese sido de 800 €, lo que haría que este fuese mayor al repercutido.
600 € - 800 € = 200 €
Esto significa que en futuras declaraciones trimestrales puedes restar este saldo negativo del IVA repercutido que generes. Por ejemplo, si en el siguiente trimestre generas 700 € de IVA repercutido, puedes restar los 200 € a favor, lo que resultará en un total neto a ingresar de 500 €.
Obligaciones fiscales y declaraciones de IVA soportado y repercutido
Estos dos conceptos son de vital importancia en el mundo empresarial y esto se debe a que su declaración ante Hacienda es obligatoria por parte de las empresas y autónomos, los cuales deben presentar el modelo 303 cada trimestre, en el que se detallan cada una de las operaciones de dicho periodo de tiempo.
Es imprescindible que todos los datos se declaren de forma correcta y dentro de los períodos correspondientes. Al término de cada año, también se debe hacer un resumen fiscal, esta vez utilizando el modelo 390. Esto es una obligación legal para las empresas y autónomos.
No gestionar el IVA o hacerlo de forma inadecuada puede repercutir a la empresa de forma muy seria. Desde multas e inspecciones de Hacienda hasta sanciones significativas si se trata de errores importantes o que se hayan visto de forma repetida.
Conclusión
El IVA soportado y repercutido son esenciales para cualquier empresa y representan una obligación legal. Para evitar errores en la contabilidad, es clave llevar un control preciso y ordenado. Recomendamos usar software especializado para automatizar cálculos y minimizar errores, además de consultar un asesor fiscal para garantizar el cumplimiento de normativas y optimizar la gestión del IVA. Así aseguras la salud financiera.
Preguntas frecuentes
¿Cómo influye el tipo de IVA en el cálculo del IVA soportado y repercutido?
El tipo de IVA determina el porcentaje que se aplica sobre la base imponible de compras y ventas. Por ejemplo, una tasa del 21% resultará en un IVA mayor que una tasa del 4%, ya que se aplica a la base que incluye todas sus compras y ventas. La tasa afecta directamente la cantidad de fondos que la empresa debe pagar o puede recuperar durante el período fiscal.
¿Puedo recuperar el IVA soportado en caso de pérdida de un bien o servicio?
Sí, puedes recuperar el IVA pagado en caso de pérdida de un bien o servicio, aunque esto depende de muchas condiciones, incluidas las reglas de contabilidad fiscal en tu país. En tales casos, es extremadamente importante consultar a un asesor fiscal que pueda evaluar tu caso específico y ofrecer los mejores pasos para minimizar posibles pérdidas fiscales.
¿Qué hacer si detecto un error en la declaración del IVA soportado o repercutido?
Al detectar un error en la declaración del IVA soportado o repercutido, es necesario actuar inmediatamente para corregir la situación. Un error puede llevar a multas financieras o incluso consecuencias legales. Se recomienda presentar una declaración corregida a través del formulario de autoliquidación para notificar a las autoridades fiscales y evitar problemas adicionales con la inspección fiscal.
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